Transporte de Carga
¿Qué Cubre?
El seguro de Transporte de carga tiene por finalidad indemnizar al Asegurado las pérdidas y/o daños sufridos por la mercadería durante el tránsito de estas por el territorio nacional e internacional
¿ Quién puede contratar este seguro ?
El dueño de la mercadería y/o el transportista, conservando el principio del "interés asegurable".
Ámbito territorial de la póliza
Territorio nacional e Internacional
Tipología
Modalidades de contratación
1- Póliza Específica:
Es aquella póliza que cubre mercadería en un viaje específico o determinado, es válida solo por la duración del viaje.
2- Póliza Anual con Declaración Mensual de Valores:
Es un seguro anual y se utiliza para cubrir volúmenes considerables de mercaderías. La Compañía exigirá la estimación anual de los movimientos a efectuar (programa) y fijará el límite máximo a asegurar por viaje. En base a estos parámetros se fijará la tasa de ajuste y se calculará la Prima mínima y de depósito. Mensualmente el Asegurado deberá declarar los volúmenes reales transportados a fin de rebajar la prima real de la prima mínima y de depósito inicialmente cobrada. Este seguro se ofrece cuando se trata de distintas materias y distintos vehículos.
3- Póliza Flotante
Son aquellas pólizas que cubren un programa de transporte, donde se establecen las condiciones de aseguramiento con anterioridad a la iniciación de los riesgos, debiendo el asegurado indicar cada embarque con el objeto que la Cía. emita el documento correspondiente
4- Póliza de Responsabilidad Máxima:
Es un seguro del tipo anual o fraccionado. Compañía y Asegurado establecerán la responsabilidad máxima por la que responderá por cada vehículo o camión en caso de siniestro, tratando de que este valor corresponda lo más cercano a la realidad. Al igual que en el caso anterior, la prima se cobra en función de la cantidad de vehículos y al monto establecido como responsabilidad máxima por vehículo. Es condición esencial que se identificar el vehículo (tipo, marca, modelo, año, serie, motor). "Rige Cláusula de Prorrateo".
¿Qué NO Cubre?
En general todo tipo de mercancía nueva o usada puede ser asegurable su transporte, excepto algunas excluidas expresamente por los contratos de seguros como son :
- Carga viva
- Explosivos y materiales bélicos
- Madera en rollizos
- Fruta fresca y harina de pescado
- Contenedores vacíos
- Y cualquier otro producto que el Asegurador excluya.
¿Qué Cubre?
El seguro de Transporte de carga tiene por finalidad indemnizar al Asegurado las pérdidas y/o daños sufridos por la mercadería durante el tránsito de estas por el territorio nacional e internacional
¿ Quién puede contratar este seguro ?
El dueño de la mercadería y/o el transportista, conservando el principio del "interés asegurable".
Ámbito territorial de la póliza
Territorio nacional e Internacional
Tipología
Modalidades de contratación
1- Póliza Específica:
Es aquella póliza que cubre mercadería en un viaje específico o determinado, es válida solo por la duración del viaje.
2- Póliza Anual con Declaración Mensual de Valores:
Es un seguro anual y se utiliza para cubrir volúmenes considerables de mercaderías. La Compañía exigirá la estimación anual de los movimientos a efectuar (programa) y fijará el límite máximo a asegurar por viaje. En base a estos parámetros se fijará la tasa de ajuste y se calculará la Prima mínima y de depósito. Mensualmente el Asegurado deberá declarar los volúmenes reales transportados a fin de rebajar la prima real de la prima mínima y de depósito inicialmente cobrada. Este seguro se ofrece cuando se trata de distintas materias y distintos vehículos.
3- Póliza Flotante
Son aquellas pólizas que cubren un programa de transporte, donde se establecen las condiciones de aseguramiento con anterioridad a la iniciación de los riesgos, debiendo el asegurado indicar cada embarque con el objeto que la Cía. emita el documento correspondiente
4- Póliza de Responsabilidad Máxima:
Es un seguro del tipo anual o fraccionado. Compañía y Asegurado establecerán la responsabilidad máxima por la que responderá por cada vehículo o camión en caso de siniestro, tratando de que este valor corresponda lo más cercano a la realidad. Al igual que en el caso anterior, la prima se cobra en función de la cantidad de vehículos y al monto establecido como responsabilidad máxima por vehículo. Es condición esencial que se identificar el vehículo (tipo, marca, modelo, año, serie, motor). "Rige Cláusula de Prorrateo".
¿Qué NO Cubre?
En general todo tipo de mercancía nueva o usada puede ser asegurable su transporte, excepto algunas excluidas expresamente por los contratos de seguros como son :
- Carga viva
- Explosivos y materiales bélicos
- Madera en rollizos
- Fruta fresca y harina de pescado
- Contenedores vacíos
- Y cualquier otro producto que el Asegurador excluya.
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